Exigen a la Suprema Corte dar prioridad a la salud

Destacado Exigen a la Suprema Corte dar prioridad a la salud

Luego de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgara un amparo a una empresa en contra del decreto que prohíbe la comercialización de los vapeadores, representantes de Salud Justa Mx llamaron a los ministros de dicho tribunal constitucional a que prioricen el derecho a la salud sobre los intereses de quienes fabrican, distribuyen y comercializan dichos dispositivos.

"Hay evidencia que sustenta la importancia de restringir la venta de esos productos toda vez que causan daños a la salud además de ser parte de una estrategia de la industria tabacalera para atraer nuevos consumidores al tabaquismo, señaló Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa Mx.

Según el texto del amparo 636/2023 otorgado por la Segunda Sala de la SCJN por tres votos contra dos al restaurante "La Cabrería Grill Pizza Grill", se describe en los hechos que en dicho establecimiento se venden vapeadores mediante una máquina expendedora instalada cerca de los juegos infantiles.

"Es preciso resaltar este hecho señalado en el texto del amparo, toda vez que la ley expresamente prohíbe la operación de máquinas expendedoras porque no impone barreras para que cualquiera pueda comprar sin restricción, incluso niños, es preocupante la resolución de la Suprema Corte al proteger esas conductas.

"Es inaceptable la venta de esos productos por medio de máquinas expendedoras cerca de niñas y niños. La venta por medio de máquinas expendedoras es sólo una estrategia de muchas por las cuales la industria tabacalera busca enganchar a menores de edad", afirmo Antonio Ochoa.

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Contradictoriamente y de manera incorrecta, la Suprema Corte señala que existen mecanismos menos restrictivos a la libertad de comercio para prevenir el consumo de productos dañinos contra la salud. Los ministros de Suprema Corte pierden de vista los hechos del caso y que la normatividad vigente prohíbe expresamente la venta de cualquier producto de tabaco mediante máquinas expendedoras.

"Es obligación constitucional del Estado mexicano garantizar el derecho a la salud, por lo que es fundamental que los ministros asuman su papel dentro de un tribunal constitucional en casos trascendentales en donde se generen criterios que ponen en peligro estos derechos fundamentales.

"Si bien el amparo sólo beneficia al quejoso que lo promovió, y no tiene efectos generales, es importante hacer un llamado a la Suprema Corte para evitar que en casos posteriores puedan generarse criterios que pongan en riesgo la salud de los mexicanos", expuso Maximiliano Cárdenas, Coordinador Jurídico de Salud Justa Mx.

Recientemente la Organización Mundial de la Salud señaló que cada vez más niñas, niños y adolescentes caen víctimas de las tácticas publicitarias de una nueva cartera de productos peligrosos para la salud. "Es contundente la evidencia científica sobre los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares sin Nicotina, Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas, por tal razón es indefendible la venta de estos productos", finalizó.

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